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Viviendas turísticas

Ante la entrada en vigor, el próximo 10 de Mayo del decreto 12/2017 de 26 de Enero, que establece la obligación de declarar el inicio de actividad en el  área provincial de la Agencia de Turismo, a aquellas viviendas que se alquilen por temporadas  inferiores a un mes, y visto la complejidad de los requisitos y trámites de obligado cumplimiento, ponemos a su disposición nuestro servicio de GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE VIVIENDAS DE USO TURISTICO, desde la que realizaremos las siguientes gestiones:

> Alta en el registro de viviendas de uso turístico en Agencia de Turismo competente.*

Condicionado al estado de la vivienda

> Inventario de enseres.

> Contratos.

> Fianzas

> Recaudación


DECRETO apartamentos turísticos